Comisión Nacional Electoral
ELECCIONES VIERNES 18 de JULIO 2025
CIRCULAR No. 1
- Las directivas de las filiales provinciales deben actualizar la lista de miembros, indicando la actividad profesional periodística de comunicación social que los vincula con el sector turismo.
El plazo para designar la Comisión Electoral de cada filial provincial o internacional vence el sábado 31 de mayo.
- Para incluir y registrar a un miembro de Adompretur en una plancha para participar como candidato a una posición directiva en las elecciones de julio próximo, TODOS los integrantes deben estar al día en el pago de las cuotas. Los aspirantes a puestos directivos no tendrán una gracia para actualizar el pago de la cuota que establecen los estatutos de ADOMPRETUR.
- Los aspirantes a posiciones en la directiva nacional o provincial deben cumplir lo que establecen los artículos 6, 7, 8 y 9 de los Estatutos de ADOMPRETUR. Es un requisito informar, en la presentación formal de cada plancha ante la Comisión Electoral Nacional, el vínculo de cada uno de los integrantes con el ejercicio de la profesión de periodista o de comunicador social con el turismo.
ADOMPRETUR es una asociación de periodistas y otros profesionales de la comunicación, cuya labor está relacionada de manera directa con la actividad turística. Solo quienes cumplan esta condición, que indican los Estatutos, pueden ocupar puestos directivos.
Artículo 6.- Son socios activos los periodistas y comunicadores que realizan regularmente actividades de su profesión directamente relacionadas con el sector turismo, y que han sido admitidos y cumplen con sus deberes institucionales en ADOMPRETUR.
Artículo 7.- Se considera periodista profesional el que tiene por ocupación regular y retribuida el ejercicio de la profesión en cualquiera de sus ramas y obtiene de ella los principales recursos para su existencia.
Artículo 8.- Para los fines de ADOMPRETUR se considera comunicador turístico a quien realiza una labor profesional de comunicación y relaciones públicas en el sector turístico.
Artículo 9.- Son socios pasivos los que invocando alguna razón comprensible, cesan temporalmente sus actividades profesionales directamente vinculadas a la industria turística, o se desvinculan de sus deberes como miembros de ADOMPRETUR bajo circunstancias extraordinarias.
PARRAFO. Los socios pasivos no pueden ser miembros de la Junta Directiva, Tribunal Disciplinario y cualquier otro organismo de dirección.
- La Comisión Electoral Nacional tendrá una reunión virtual el martes 27 de mayo a las 5:00 p.m., con los secretarios generales de las filiales de ADOMPRETUR y los presidentes de las Comisiones Electorales de las filiales que para esa fecha estén designados.
Dado en Santo Domingo, capital de República Dominicana, a los doce (12) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025).
Manuel Quiterio Cedeño, presidente
Miguelina Santos, secretaria
Barnadiz González, miembro
Aurelio Henríquez, vocal
Margarita Brito, vocal
Aurelio Henríquez, miembro